CONGRESO REGIONAL
El Congreso Regional es el máximo órgano de decisión de la USO – LA RIOJA.
El Congreso Regional define y aprueba las líneas estratégicas y los programas globales de acción del Sindicato, así como la Política Sindical, Social, Económica y Organizativa para el mandato congresual. Debate y aprueba los Estatutos y Resoluciones de la USO – LA RIOJA y elige a los componentes de la Comisión Ejecutiva Regional.
El sistema de elección de los órganos regionales será de listas abiertas y recuento mayoritario.
.El Congreso Regional se reúne de forma ordinaria cada cuatro años. De forma extraordinaria, se reúne a convocatoria de los dos tercios del Consejo Regional o por el 25 por ciento de los afiliados a la USO – LA RIOJA.
El Congreso Regional está compuesto por las delegaciones elegidas en las respectivas organizaciones federales y territoriales. En su composición deberá respetarse la igualdad numérica entre los delegados de la Uniones Territoriales y las Federaciones, en el número y proporción indicados en el Reglamento Interno del Congreso.
Pueden participar en el Congreso Regional, sólo con derecho a voz, los miembros del Consejo Regional y Comisión Ejecutiva Regional, siempre que no vayan en las delegaciones elegidas para el Congreso por sus respectivas organizaciones, en cuyo caso tendrán derecho a voz y voto.
El Orden del día del Congreso Regional será fijado por el Consejo Regional a propuesta de la Comisión Ejecutiva Regional y será notificado a las Federaciones y a las Uniones Territoriales en el momento que se realice la convocatoria. El Congreso Regional será regulado a través de un Reglamento aprobado por el Consejo Regional. Las decisiones del Congreso Regional son adoptadas por mayoría simple, salvo las que están previstas en los presentes Estatutos por mayoría cualificada. El proceso Congresual comienza seis meses antes de la celebración del Congreso Regional, con la convocatoria del mismo. Durante este periodo de tiempo, las Uniones Territoriales y las Federaciones deben celebrar sus propios Congresos o Asambleas para debatir las ponencias del Congreso Regional y elegir a sus delegaciones al Congreso Regional en la proporción que indique el Reglamento del Congreso.
DOCUMENTOS EMANADOS DEL 9º CONGRESO REGIONAL (Logroño, 16 de noviembre de 2019):
Resolución Programa 9º Congreso
CONSEJO REGIONAL
El Consejo Regional es el máximo órgano de dirección Regional entre Congresos.
Define las directrices estratégicas y de actividad del Sindicato en todos los aspectos, en aplicación de las decisiones adoptadas por el Congreso Regional.
Las funciones del Consejo Regional son las siguientes:
- Convocar al Congreso Regional ordinario, así como los de carácter extraordinario, de acuerdo con lo establecido al efecto por los Estatutos Regionales.
- Aprobar los Reglamentos Internos de funcionamiento del Sindicato en relación al Congreso Regional, Consejo Regional, Federaciones, Uniones Territoriales, Gestoras, Comisión Regional de Garantías y Comisión Ejecutiva Regional.
- Aprobar el informe de gestión de la Comisión Ejecutiva Regional que debe ser presentado por ésta en cada reunión ordinaria.
- Aprobar la Memoria Económica y los Presupuestos Económicos que de forma anual le sean presentados por la Comisión Ejecutiva Regional.
- Garantizar y tutelar los derechos que confieren los presentes estatutos a las personas afiliadas.
- Resolver los conflictos entre Organizaciones.
- Aprobar la integración u otras modalidades de asociación de colectivos que lo soliciten.
- Nombrar a la Dirección del Centro para el Empleo y la Formación.
- Aprobar los planes de actuación del sindicato con carácter anual.
- Conocer anualmente la Memoria Técnica y la Memoria Económica de todas las entidades vinculadas directamente a USO – La Rioja
- Debatir, instar o proponer sobre materias sociales y políticas, de interés general para La Rioja y cualquier otra que le atribuyan los presentes Estatutos
El consejo Regional está compuesto por los siguientes miembros:
- Los componentes de la Comisión Ejecutiva Regional.
- Un miembro por cada 200 afiliados o fracción en representación de las Uniones Territoriales y de las Federaciones Regionales constituidas. Su número se determinará anualmente en función de la variación de las cotizaciones.
- Un miembro por las Federaciones y Uniones no constituidas nombrados por el Consejo Regional a propuesta de la Comisión Ejecutiva Regional o de los miembros del propio Consejo.
- La Presidencia y la Vicepresidencia de la Comisión Regional de Garantías.
- AJUPE-USO La Rioja, dispondrá de un representante por cada 200 afiliados o fracción, en el Consejo Regional de USO La Rioja.
El Consejo Regional puede suspender, revocar o aceptar la dimisión de algún miembro de la Comisión Ejecutiva Regional y de la Comisión Regional de Garantías.
El Consejo Regional podrá realizar nuevos nombramientos en sustitución de miembros suspendidos, revocados o dimitidos de los órganos citados a propuesta de la Comisión Ejecutiva Regional, de las Uniones o Federaciones afectadas y de los propios miembros del Consejo.
El Consejo Regional se reúne de forma ordinaria como mínimo tres veces al año.
COMISIÓN REGIONAL DE GARANTÍAS
La Comisión Regional de Garantías asume las funciones y competencias en orden a garantizar y tutelar los derechos que los presentes Estatutos confieren a los afiliados y afiliadas, tanto individual como colectivamente.
Tendrá capacidad para suspender o revocar, total o parcialmente, una sanción cuando el expediente en sus contenidos o procedimiento no se ajuste a las disposiciones estatutarias, así como cuando a la persona sancionada se le hubiera impedido su defensa.
Resolverá las controversias sobre las competencias estatutarias.
Las resoluciones de la Comisión Regional de Garantías serán firmes y agotan la vía interna de la resolución de los conflictos, pudiendo ser recurridas, en todo caso, por la vía que proceda.
Estará formada por una Presidencia, una Vicepresidencia y una Vocalía, cargos que serán elegidos por el Congreso Regional. En el 9º Congreso fueron elegidos para formar la Comisión de Garantías: Santiago Sigüenza, Presentación González y Roberto Peciña.
COMISIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Es el órgano elegido directamente por el Congreso Regional para dirigir al Sindicato durante el mandato congresual. Aplica las resoluciones y directrices del Congreso y Consejo Regionales y responde colegiadamente ante estos.
La Comisión Ejecutiva Regional está compuesta por:
- Secretaría General, Luis Mª Miguel Rodríguez
- Secretaría de Organización y Comunicación, Isabel Cerrajería Santamaría
- Secretaría de Acción Sindical y Salud Laboral, Jesús Fernández López-Dávalos
- Secretaría de Acción Social, Formación y Finanzas, Javier Martínez Miguel
- Vocalías Ejecutivas:
- Soraya Pérez Ruiz de Viñaspre
- Alejandro Vesga Fernández
- María Sáenz-Torre López con DNI
Todos los miembros de la Comisión Ejecutiva Regional asumen individual y colegiadamente la dirección del Sindicato entre los Consejos Regionales.
La Comisión Ejecutiva Regional tiene las siguientes funciones:
- Desarrollar las directrices y las líneas estratégicas de la demanda sindical, económica y organizativa emanadas de los órganos regionales superiores.
- Nombrar a los representantes de la Unión Regional en los Consejos, institutos o comisiones socioeconómicas en las que se apruebe la participación de la USO – La Rioja.
- Administrar el patrimonio económico de Unión Regional.
- Promover y desarrollar la constitución y pleno funcionamiento de las estructuras Federales y Unionales de acuerdo con los niveles reglamentariamente establecidos.
- Representar a la Unión Regional ante los poderes públicos, las instituciones, las organizaciones patronales, organizaciones sindicales y ante los órganos confederales de la USO.
- Ejercer y coordinar las relaciones regionales, nacionales o internacionales de la organización, dentro del ámbito de sus competencias.
- Los miembros de la Comisión Ejecutiva Regional pueden participar en las reuniones orgánicas de las Organizaciones, previa notificación de dicha participación.
- Verificar y garantizar la coherencia de los Estatutos de ámbito inferior con respecto a los Estatutos Regionales y a los Confederales.
- Proponer al Consejo Regional la sanción de las faltas graves y muy graves; así como sancionar las faltas leves.