LA PRÓRROGA DE UNA REDUCCIÓN DE JORNADA POR GUARDA LEGAL HA DE SER DISFRUTADA EN LOS MISMOS TERMINOS EN QUE FUE CONCEDIDA

  • Importante sentencia ganada a la empresa DIA (Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A.) en materia de conciliación de la vida laboral 

Una trabajadora, afiliada de USO La Rioja, interpuso demanda de conciliación de la vida familiar y laboral contra la empresa DIA en abril de 2016 tras serle negado el derecho de continuar disfrutando en los mismos términos, es decir, los mismos días y con el mismo horario de trabajo,  la prórroga de su reducción de jornada por guarda legal, considerando la empresa que estaba solicitando un nuevo derecho y por tanto, las condiciones de disfrute podían ser modificadas, como así lo hizo en un primer momento.

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores en sus puntos 6 y 7, reconocía en 2009, cuando la trabajadora solicitó el disfrute, el derecho a la reducción de la jornada de trabajo y la concreción horaria a quienes tuvieran a su cuidado directo algún menor de ocho años. Estos artículos son modificados en 2015, ampliando a los 12 años el disfrute del mismo derecho.

Ante la demanda presentada, el Juzgado de lo Social nº 2 de Logroño, en sentencia del día 13 de febrero de 2017, reconoce a la trabajadora el derecho a continuar la reducción de jornada por guarda legal solicitada en el año 2009  en los mismos términos en que la venía disfrutando hasta que el menor cumpla los 12 años. Para la Jueza, no se está ejerciendo un nuevo derecho sino una prórroga del que ya venía disfrutando. Contra la sentencia emitida no cabe recurso alguno, por lo que es firme.

USO La Rioja considera muy positiva la sentencia ya que, tras la modificación de la legislación en 2015, se abre así el camino para muchas trabajadoras y trabajadores que estaban teniendo problemas en sus empresas para que se les siguiera reconociendo este derecho ampliado hasta los 12 años en las mismas condiciones en que se venía disfrutando. Así, desde USO La Rioja instamos a los Juzgados de lo Social a aplicar este mismo criterio en los autos pendientes de juicio.